viernes, 22 de abril de 2016

RESERVAS LEGALES


RESERVA
ü  Son beneficios obtenidos por la empresa que no han sido distribuidos entre sus propietarios.
RESERVA LEGAL
ü  Parte de los activos totales de un banco o institución financiera que deben depositarse en el banco central como garantía de su pasivo.
ü  Es la segregación de la utilidad que se hace con objeto de retener utilidades a efecto de destinarlas a situaciones específicas, o simplemente fortalecer el capital y permitir la expansión de la empresa. Este concepto se aplica exclusivamente a las llamadas “reservas de capital”.
ü  reserva legal es aquella que debe de tener una sociedad de capital (Sociedades Anónimas), de acuerdo a la normativa legal vigente. 

RESERVAS ESTATUTARIAS
ü  Figuran o forman parte de los estatutos.
ü  Los estatutos de la sociedad pueden recoger libremente la dotación a estas reservas que solo se podrían a los fines que se fijen.
RESERVAS VOLUNTARIAS
ü  Son decisiones que toma la Junta general de Socios.
ü  Una vez que se han cubierto todas las intenciones legales y estatutarias, se pueden decir no repartir el resto del beneficio y dotar estas reservas.
RESERVAS ESPECIALES
ü  Son aquellas que están establecidas por cualquier disposición de carácter obligatorio.
RESERVAS TACITAS U OCULTAS

ü  La ley no las permite, ya que no reflejan la imagen fiel del patrimonio. Este tipo de reserva no aparecen en la contabilidad de la sociedad y obedecen a una infravaloración del activo o bien a una supra valoración del pasivo.

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